Objetivo
Ofrecer a todos los alumnos y alumnas del la Institución, la oportunidad de continuar sus estudios hasta concluir el nivel escolar que se encuentre inscrito.
Funcionamiento
Participaran en el plan, aquellos alumnos y alumnas que se encuentren inscritos en la Institución, que tengan cubierta su Inscripción, se encuentren al corriente en sus colegiaturas, y mantengan un promedio mínimo de 80 en aprovechamiento y conducta.
Definición
Se constituye el plan de Becas por Orfandad, destinado para alumnos de las distintas Instituciones Educativas Maristas. El presente beneficio, lo proporciona la Institución a todo aquel alumno, que por cualquier circunstancia llegue a perder a sus padres o tutores legales, quedando desprotegido y sin posibilidad para poder continuar con sus estudios. Este beneficio deberá ser solicitado voluntariamente por el padre, madre, o tutor legal sobreviviente.
La beca cubre el porcentaje de participación del responsable económico fallecido, del costo de las colegiaturas hasta la conclusión del nivel escolar, que se encuentre cursando el alumno.
Limitaciones
- La Beca no podrá ser transferible a otra Institución Educativa
- La vigencia de este Plan, terminará automáticamente cuando se cumpla el número necesario de años escolares y/o semestres, excluyendo los cursos de verano, con los que el alumno acredite el nivel escolar que se encuentre cursando.
- La beca cancelará su apoyo, si el alumno no cumple con el promedio mínimo de 80 por periodo, en aprovechamiento y conducta.
- Se renovará la beca siempre y cuando el alumno, al siguiente periodo escolar, recupere el mínimo de aprovechamiento y conducta.
Otorgamiento
Dado el fallecimiento de padre, madre o tutor legal se deberá llevar a cabo las siguientes gestiones, dentro de los 30 días posteriores al fallecimiento con el fin de aprovechar los beneficios del Plan de Becas por Orfandad.
- Notificar a la Administración de la Institución, sobre el fallecimiento.
- Llenar la solicitud de beca por Orfandad, la cual se le proporcionará en el Colegio.
- Presentar copia del Acta de Defunción del responsable económico fallecido.
Situaciones Especiales
Es atribución del Comité Técnico Local del Plan de Becas por Orfandad, el normar los casos o eventos que no estén contemplados explícitamente en el presente documento.
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INFORMACIÓN IMPORTANTE
El Responsable Económico del alumno
Es aquella persona que sea responsable LEGALMENTE de los gastos escolares (Inscripción, Colegiaturas, Uniformes, etc.) del alumno, pueden ser varios para un solo alumno.
Este dato se solicitará en el formato de Inscripción.
Cuando la persona que funge como Responsable Económico de los gastos escolares, no es el Responsable Legal del alumno,
En estos casos la beca no procederá, el beneficio es para aquellos alumnos que quedan huérfanos de Padre, Madre ó Tutor Legal.
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